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Reduccionismo ideológico
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Jueves, 28/07/2011
Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció el derecho a la vida de las personas por nacer al dar lugar a un reclamo de indemnización de una abuela por el fallecimiento de su nieta, como consecuencia de un asesinato, aun estando la niña en el vientre de su madre.

Buenos Aires, 24 de agosto de 2007

Señor Director
Se reconoce en dicho fallo el derecho a la vida desde la concepción como primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación positiva y que resulta garantizado por la Constitución Nacional y tratados internacionales de jerarquía constitucional.
Si bien el fallo es auspicioso desde ese punto de vista, a la vez es de lamentar que no siempre se defienda de igual manera el derecho a la vida de todos los niños por nacer en una suerte de reduccionismo ideológico, atentando contra el más fundamental de los derechos humanos que es el derecho a la vida. No se puede atacar al ser más inocente e indefenso, no importando las condiciones en que fue concebido, ni situaciones sociales, económicas o de otra naturaleza con las que muchas veces se pretende justificar el aborto. El niño desde la concepción es persona y por tanto sujeto de derecho, ser único e irrepetible.
Debemos generar programas de salud que procuren la atención integral de la madre y el niño desde la concepción, incluyendo apoyo social y económico de ser necesario. Así como campañas para que se tome conciencia del real significado de un aborto y sus consecuencias para evitarlo; tomar conciencia que cuando hablamos de muertes maternas por aborto, nos estamos olvidando de que son dos personas las que mueren y esto puede ser evitado. Sería más acertado hablar, por tanto, de muertes materno infantiles por aborto.

Lic. Araceli Ramilo Alvarez


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