Nuevas directrices para la organización y funcionamiento de los servicios de salud mental
Por buenapraxis
  
Miercoles, 15/06/2022
El objetivo es proporcionar recomendaciones que orienten la elaboración y adecuación de las normas de habilitación jurisdiccionales en establecimientos de salud mental y adicciones públicos, privados y de la seguridad social.

A partir de la resolución 1178/2022 que se publicó el miércoles 15/6 en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación aprueba las Directrices de Organización y Funcionamiento de Servicios de Salud Mental y sus anexos sobre los requisitos de acreditación del personal directivo, la teleasistencia, y la grilla de categorización de servicios de salud mental y las incorpora Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.

Las directrices fueron elaboradas con la colaboración de Asociación Argentina de Salud Mental (AASM), La Asociación Argentina de Terapistas Ocupacionales (AATO), La Federación Argentina de Asociaciones Profesionales de Servicio Social (FAAPSS), la Federación Argentina de Enfermería, el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación, la Superintendencia de Servicios De Salud, y la Dirección Nacional de Protección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

El objetivo es contar con recomendaciones de organización y funcionamiento de los establecimientos de salud y de adicciones que integran la red de servicios del ámbito público, privado y de la seguridad social, a fin de orientar la elaboración y adecuación de las normas de habilitación jurisdiccionales en materia de salud mental. En ese sentido, la cartera sanitaria nacional invita a las jurisdicciones a adherir a la resolución.

La medida se inscribe en un contexto de transformación global y profunda del modelo de atención en salud mental, que requiere la implementación de acciones que exceden la adecuación de las instituciones neuropsiquiátricas a la Ley Nacional 26.657.

Para acompañar la transformación institucional y el modelo de atención de salud mental, resulta indispensable contar con una normativa que permita la habilitación, regulación y fiscalización de efectores existentes y por crear.


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