Cómo funcionará el sistema de vacunación del personal estratégico del Estado
La ministra de Salud, Carla Vizzotti, firmó la resolución que reglamenta el sistema para transparentar el proceso de vacunación a personal estratégico en los tres ámbitos del Estado, informaron a
Télam fuentes oficiales.
De acuerdo con el procedimiento, se creará un observatorio para monitorear el cumplimiento y emitir recomendaciones. Se convocará para su integración a organismos externos de relevancia sanitaria y/o académica.
Asimismo, las personas consideradas personal estratégico deberán especificar los alcances de su función, el grado de exposición y el riesgo que implica su desempeño.
Las funciones ejercidas por los tomadores de decisión, en su calidad de personal estratégico, ¨deben ser relevantes para garantizar el adecuado funcionamiento del Estado¨, según establece la resolución.
¿Quién es personal estratégico?
La norma define como personal estratégico a las ¨personas que desarrollen funciones de gestión necesarias y relevantes para el adecuado funcionamiento del Poder Ejecutivo que acrediten el rol estratégico de su función, independientemente de la edad y la condición de salud; y realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición¨.
También a los y las ¨representantes del Estado argentino en organismos internacionales y los funcionarios jerárquicos y funcionarias jerárquicas que se desempeñen en los mismos que realicen tareas presenciales que impliquen riesgo aumentado de exposición¨.
Asimismo, comprende a las ¨personas que realicen viajes afuera del país como miembros de delegaciones oficiales encabezadas por integrantes de los Poderes del Estado Nacional; o personas que deban recibir, en nombre de estos poderes, comitivas oficiales que provengan del exterior en representación de otros Estados o de organismos internacionales.
El procedimiento
La resolución determina que ¨deberán pedir autorización por el sistema informático de la administración pública a la cartera de Salud para acceder a la vacuna¨ y que ¨será el Ministerio de Salud la autoridad que autorizará o rechazará la solicitud¨.
En ese marco, también ¨deberán completar un formulario donde autorizan la difusión de sus datos en un registro público para poner a disposición de los y las argentinas los datos sobre las personas que desarrollen funciones de gestión y/o conducción necesarias para el adecuado funcionamiento del Estado, que sean vacunados¨.
Por otra parte, se regula que ¨se deben vacunar en establecimientos autorizados¨ y la vacunación ¨se notificará en el Registro Federal de Vacunación Nominal¨, así como también ¨se constituirá un listado público que se actualizará de manera periódica¨.
De acuerdo a lo consignado por las fuentes, el Ministerio de Salud de la Nación podrá ¨difundir a través de los medios de comunicación y/o a poner a disposición de los y las ciudadanas que así lo soliciten, la información sobre quienes recibieron la vacuna contra la Covid-19, detallando: Nombre y apellido, fecha de nacimiento, DNI, cargo/función, repartición, vacuna recibida, número de dosis, fecha de aplicación, lugar de vacunación¨.
La norma de la cartera de Salud invita a ¨todas las jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar un protocolo para la solicitud de anuencia para vacunación Covid-19, aplicable en el ámbito de su jurisdicción¨.
Ref:
Télam