REPUDIO A LAS ACUSACIONES DE DIPUTADOS EN TORNO A INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y SU IDEARIO
Por vida
  
Miercoles, 24/06/2020
Rechazamos enfáticamente el proyecto de resolución propuesto por la diputada Mara Brawer y firmado otros 10 diputados, en torno a los contenidos educativos que se imparten en los colegios de la Fraternidad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (FASTA).

La animosidad del proyecto se ve reflejada en la intención de desdibujar el derecho de las familias a elegir la institución que consideran más adecuada para sus hijos, en el intento de limitar la libertad de enseñanza, y la búsqueda de impedir el ejercicio de la libertad religiosa y de conciencia de cada persona.

Adquiriendo rango constitucional en la Argentina en 1994 la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica señala en su artículo 12: "Los padres, y en su caso los tutores, tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones"

Vale destacar, asimismo, que el artículo 128 de la actual Ley de Educación Nacional, que reconoce a los padres, madres o tutores como "agentes naturales y primarios de la educación", establece el derecho a elegir para los niños "la institución educativa cuyo ideario responda a sus convicciones filosóficas, éticas o religiosas".

El proyecto de declaración conspira contra una sociedad verdaderamente plural, donde sean posibles diferentes opiniones y se encuentre diversidad de caminos de formación para el bienestar general. La iniciativa debe interpretarse, además, como un discurso de odio y de discriminación por motivos religiosos desde el Estado. La legislación vigente establece penas de 1 mes a 3 años de presión para "quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas".

El ideario de una institución educativa, al que adhieren las familias que envían a sus hijos, es parte fundamental de un escenario donde cada individuo puede vincularse partiendo del reconociendo sus propios valores y miradas, superando las limitaciones de un cuando no totalitario.

Las comunidades religiosas dedicadas a la educación no desarrollan su actividad por delegación del Estado, sino por el derecho que les asiste en ejercicio de su libertad constitucional para enseñar.

FASTA es una entidad de bien público y se ajusta al marco jurídico vigente. Al igual que lo hacen otras instituciones educativas con orientación religiosa, respeta los contenidos impuestos por las
autoridades, aunque vehiculizándolos a través de propio y aceptado ideario que subordina el orden natural, la Constitución Nacional y el marco jurídico que se le subordina.

Agradecemos a todas las Organizaciones Pro Vida que apoyan la campaña en defensa de la libertad de enseñanza.

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