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La ANMAT prohibió una leche en polvo y un endulzante
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Martes, 17/09/2019
La ANMAT prohibió una leche en polvo y un endulzante
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos productos alimenticios: una leche entera en polvo marca ¨Alimentos Fundación Favaloro¨ y un endulzante de mesa libre de gluten apto para cocinar marca ¨Jual Stevia¨.

En la disposición 7456/2019 el organismo explicó que se prohibió la comercialización de la leche entera en polvo fortificada con Vitamina A y D, libre de gluten de 180 gramos, Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) 21-112511, marca ¨Alimentos Fundación Favaloro¨.

Esta leche, elaborada por la Sociedad Cooperativa de Tamberos de la Zona de Rosario Limitada en el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) 21-005144, “se prohibirá a raíz de que la Agencia Santafecina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) alertó que este producto no cumplía la normativa alimentaria vigente”.

Según argumentaron en el documento, se corroboró que ¨si bien el RNPA es existente y corresponde al RNE referido como una elaboración para Expoconsumo SRL, el producto se encontraba dado de baja desde el 19 de abril de este año¨.

Luego, explicaron que la empresa Sociedad Cooperativa de Tambos de la Zona de Rosario, señalada en el rótulo como encargada de elaborar el producto, no lo produce desde febrero de 2018, y que no mantiene relación comercial con la firma Expoconsumos SRL. Y agregaron que la codificación del lote señalado no se corresponde a uno utilizado en ese establecimiento.

La ANMAT constató que este alimento lácteo carecía de autorización y estaba falsamente rotulado, por lo que tomó la determinación de emitir las alertas correspondientes hasta su prohibición.

Por otra parte, mediante la disposición 7457/2019 se anunció la prohibición del ¨endulzante de mesa apto para cocinar, libre de gluten, marca ´Jual Stevia´, RNPA Expte. N° 4119-007527/18, Elaborado por Botánica SA, comercializado por Natural y Orgánico SRL – RNE N° 02-031766¨, por no cumplir la normativa alimentaria vigente.

Las autoridades verificaron que el establecimiento carecía de autorización para elaborar alimentos libres de gluten, gracias a una evaluación llevada a cabo por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba. Por lo que resulta, según establece la disposición 7457/2019,¨un alimento ilegal¨.


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