Cannabis: Reglamentaron parcialmente la ley que autoriza el uso terapéutico
Por buenapraxis
  
Viernes, 22/09/2017
El Gobierno reglamentó hoy parcialmente la ley 27.350, más conocida como ley de uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados, que había sido sancionada por unanimidad en el Senado el 29 de marzo último.

A través del decreto 738/2017, publicado hoy en el Boletín Oficial , el Poder Ejecutivo aprobó la reglamentación parcial: no fueron reglamentados los incisos b, e, f, g, h, i, j, k y l del artículo 3° ni los artículos 5°, 10°, 11° ni 12°.

Quedaron sin reglamentar los siguiente objetivos del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la planta de cannabis:

Los artículos 5°, 10°, 11° y 12°, que tampoco fueron reglamentados, contemplan la promoción de la ley en las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el impulso del Estado de "la producción pública de cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización en cantidades suficientes para su uso exclusivamente medicinal, terapéutico y de investigación"; las previsiones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la ley y la invitación a las provincias y la CABA para que se incorporen al programa.

La norma había sido sancionada en el Senado por 58 votos y había sido festejada por más de un centenar de organizaciones de familiares de pacientes que sufren patologías dolorosas o con consecuencias severas y que pueden ser aliviadas por el suministro de los derivados del cannabis.

La ley no autoriza el autocultivo del cannabis para uso medicinal, una actividad que sigue siendo ilegal.

Según el decreto publicado, el ministro de Salud será la autoridad de aplicación de la ley y "dictará las normas técnicas complementarias y demás disposiciones que fueren necesarias para su mejor cumplimiento".

El Programa Nacional para el Estudio y la Investigación de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales actuará en el ámbito de la Secretaría de Políticas, Regulación e institutos del Ministerio de Salud de la Nación y "será dirigido por un profesional médico calificado y con experiencia en investigación o gestión de la investigación, o en especialidades afines, con rango de director nacional".

El decreto de reglamentación lleva las firmas del presidente Mauricio Macri , el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y el ministro de Salud, Jorge Lemus.


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