El plan del Gobierno para pagar a los jubilados
Por mendiondo
  
Lunes, 30/05/2016
Se prevé reconocer derechos según criterios de la Corte; habrá quitas en algunos casos y, como la adhesión es voluntaria, deberán firmarse acuerdos.

El proyecto de ley llegará en los próximos días al Congreso de la Nación. Puede haber modificaciones.

Hay tres grupos de jubilados que están contemplados en el plan oficial. El punto en común es que son personas a quienes se les pagan haberes mensuales que, en función de lo dicho por fallos de la Corte, son más bajos de lo que deberían ser.

1.- El primer grupo está integrado por quienes ya obtuvieron una sentencia firme a su favor, que son unos 40.000 casos, aunque en los próximos días se sumarían hasta 30.000 más, según la Anses.
Hoy la Anses está obligada a pagar lo que ordena un fallo judicial en un plazo de 120 días hábiles. Sin embargo, no se cumple.
Por eso, dentro de la declaración de una situación de emergencia, la ley habilitaría un mecanismo de pago en cuotas del retroactivo si así lo avala el jubilado. Se pagaría un 50% de la deuda en el primer mes y el resto en 12 cuotas trimestrales (durante 3 años). Estos montos se actualizarían según la movilidad.

2.- En un segundo grupo están quienes tienen su juicio en trámite (hay unos 380.000 expedientes).
Para estos casos se prevén iguales condiciones de pago del retroactivo, además de la recomposición inmediata del haber: 50% de la deuda pagada al contado y 50% en 12 cuotas trimestrales. La condición es que la persona renuncie a su demanda. En muchos casos, la deuda no se abonaría en su totalidad, ya que habría un límite de cuatro años para el pago de retroactivos. ¿Qué significa eso? Cuando un jubilado gana un juicio por reajuste, la corrección de los haberes (para calcular el retroactivo) se hace hacia atrás en el tiempo y hasta dos años antes del inicio del reclamo. Y se consideran, claro, los años que duró la demanda. Así, si acepta el plan alguien que lleva seis años esperando la resolución de su caso, perdería el retroactivo correspondiente a cuatro años. Y si llevaba dos años de espera, sí recibiría la totalidad del monto.

3.- Finalmente, el plan apunta a quienes no hicieron un reclamo judicial (pero la Anses entiende que cobran de menos).
En la Anses estiman que hay alrededor de 1,8 millones de pasivos que tienen su haber mal calculado y que no hicieron juicio. La propuesta es mejorar esos ingresos mensuales. Para estos casos no está previsto el pago de retroactivos. Este ajuste (al igual que ocurrirá con quienes tienen juicio) no se haría en forma automática, sino que solo se efectivizaría con un acuerdo explícito del titular (representado por un abogado) de la prestación, que se comprometería a no iniciar un juicio.

Otras cuestiones:

HABER MÁXIMO. Al calcular la retroactividad y el reajuste del haber, ANSeS reconoce para cada año hasta el valor de la jubilación máxima que actualmente es de $ 36.330.

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. El jubilado que reciba los retroactivos, deberá seguir abonando como hasta ahora, impuesto a las ganancias, algo que contradice la ley pero que parece no se corregirá en este nuevo proyecto de ley.

ORDEN DE COBROS. Habrá un orden para los pagos y se dará prioridad a los mayores de 80 años y a las personas enfermas. Y una reglamentación establecería también otros parámetros por considerar, como el monto del haber mensual, la antigüedad del juicio, etcétera.

ACUERDO. Una vez revisados los números y aceptado el plan, el jubilado deberá firmar un acuerdo en el que se compromete a desistir del juicio en trámite o a no iniciar uno nuevo. Ese pacto deberá ser homologado en la Justicia, en el fuero de la Seguridad Social. Todo el plan de pagos, que busca reducir el stock y evitar nuevos litigios, fue hablado con jueces previsionales y de la Corte Suprema, que le hicieron un pedido a los funcionarios de la Anses: no apelar más las causas de quienes sigan con sus juicios.

ABOGADO OBLIGATORIO. Se prevé que cada jubilado adherente tenga su representante, incluso quienes no hayan hecho juicio (y los honorarios estarán a cargo de la Anses).

VIGENCIA. El proyecto de ley prevé un plazo de vigencia del sistema de tres años, prorrogable por tres años más.

POSIBILIDAD DE NO ACEPTAR. Seguirán en la misma situación en la que estén, cobrando lo mismo. Podrán iniciar un juicio en caso de no haberlo hecho aún. Y finalizado el mismo, la Anses estará obligada a acatar la sentencia.

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