El martes 8 de septiembre se presentaron en la Sala de Prensa de la Santa Sede dos cartas del papa Francisco, en forma de motu proprio que contienen la reforma del proceso de declaración de nulidad del matrimonio y que, esencialmente, cambian el Código de Derecho Canónico y el Código de los Cánones de las Iglesias Orientales en esta materia.
“He decidido dar con este motu proprio disposiciones con las cuales se favorezca no la nulidad del matrimonio, sino la celeridad de los procesos” y de la “simplicidad”, argumentó el papa Francisco.
El padre Federico Lombardi SJ, director de la Oficina de prensa de la Santa Sede, precisó que las cartas fueron firmadas por el Santo Padre el 15 de agosto, día de la Asunción y presentadas en la fecha de la Natividad de María.
Las dos cartas, tituladas Mitis Iudex Dominus Iesus y Mitis et misericors Iesus, fueron presentadas y explicadas en sus alcances por seis miembros de la Comisión especial para la reforma del proceso matrimonial católico, instituida por el Santo Padre para facilitar y eliminar la burocracia, sin perder el rigor necesario.
Estuvieron en la presentación el decano de la Rota Romana y presidente de la Comisión, monseñor Pio Vito Pinto; el cardenal Francesco Cocopalmerio, presidente del Pontificio Consejo de los Textos Legislativos; el exarca apostólico de Atenas, monseñor Dimitros Salachas; monseñor Luis Ladaria Ferrer SJ, secretario de la Congregación para la Doctrina de la Fe; el sacerdote argentino Alejandro Bunge, prelado auditor de la Rota Romana; y el padre Nikolaus Schoch OFM, promotor de Justicia sustituto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica.
Estuvieron representados, por lo tanto, los tres principales tribunales de la Santa Sede: la Doctrina de la Fe, la Signatura Apostólica y la Rota Romana.
Esta reforma es el resultado de un importante trabajo previo, pues ya el 27 de agosto de 2014 el papa Francisco había instituido una comisión para el estudio de la “simplificación del procedimiento” de nulidad matrimonial.
Según revela el motu proprio, se trata de una reforma que protege el principio de indisolubilidad del matrimonio. Precisamente, en la actual normativa, la Iglesia Católica asegura que, un católico puede casarse de nuevo sólo si su primer matrimonio es declarado “nulo” por un tribunal eclesial, es decir, el fallo debe establecer “que desde sus orígenes careció de validez”.
Se trata de que el retraso en los juicios “no oprima en las sombras de la duda” el corazón de los fieles. El Papa argumentó su decisión en la importancia de atender las expectativas de los fieles que esperan “aclarar su propio estado”.
Lo cierto es que, sin contrariar la doctrina, el papa Francisco pidió que los tribunales eclesiásticos sean eficientes y ejemplares, porque los católicos tienen derecho a recibir justicia en tiempos breves y ‘gratis’.
La exhortación a los obispos es que se trabaje por la “unidad en la fe” y en la “disciplina del matrimonio”, sin embargo, respondiendo a “numerosos fieles” que han pedido justicia y que “perciben una distancia física y moral” por parte de los tribunales eclesiásticos, el Papa es explícito: “La caridad, por ende y la misericordia exigen que la misma Iglesia como madre se haga cercana a los hijos que se consideran separados”.
El Papa justificó la reforma en estos términos: “Es por lo tanto, la preocupación de la salvación de las almas, que –hoy como ayer- es el fin supremo de las instituciones, de las leyes, del derecho, que empujaron al Obispo de Roma a ofrecer a los Obispos este documento de reforma”.
De hecho, el Papa hace referencia a los votos de los cardenales del pasado Sínodo de la Familia para indicar que la mayoría de ellos están preocupados por la cercanía que la Iglesia debe demostrar a las ‘familias heridas’.
Los criterios fundamentales de la reforma
Una sola sentencia a favor de la nulidad ejecutiva. El Papa explica que ahora no se necesita una “doble decisión conforme a favor de la nulidad del matrimonio, a fin de que las partes sean admitidas en nuevas ‘nupcias canónicas’, pero que sea suficiente la certeza moral alcanzada por el primer juez y norma del derecho”.
El juez único bajo la responsabilidad del obispo. “La constitución del juez único, igualmente clérigo, en primera instancia es puesta bajo la responsabilidad del Obispo, que en el ejercicio pastoral de la propia potestad judicial deberá asegurar que no se caiga en algún laxismo.
El mismo obispo es juez. “Para que sea finalmente traducido en la práctica la enseñanza del Concilio Vaticano II”, el obispo es, por lo tanto, “juez entre los fieles” a él confiados. El Papa pedió un ‘signo de “conversión en las estructuras eclesiales” tanto en las pequeñas como en las grandes diócesis. El obispo así no delegará “completamente” la responsabilidad “a las oficinas de la curia la función judiciaria en materia matrimonial”. Esto es válido especialmente –explicó– “en los procesos más breves, establecidos para resolver los casos de nulidad más evidentes”.
El proceso es más breve. De hecho, además de hacerse más ágil el proceso, será también más breve.
Apelación a la sede metropolitana. Se volverá a restaurar la apelación a la sede del metropolitano. Esto hace parte de la sinodalidad de la Iglesia.
La tarea propia de las Conferencias Episcopales. Renovación de las “ansias apostólicas” de alcanzar las almas dispersas”. En este sentido, las Conferencias Episcopales deberán “compartir” por disposición papal la “susodicha conversión”, y deberán respetar absolutamente “el derecho de los Obispos de organizar la potestad judicial en su propia Iglesia particular”.
Apelo a la sede apostólica. Se mantiene la apelación al tribunal ordinario de la sede apostólica, es decir la Rota Romana. Asimismo, se “refuerza el vínculo entre la Sede de Pedro y las Iglesias particulares”. La invitación es prevenir todo “abuso del derecho” para que “no dañe la salvación de las almas”.
Previsiones para las Iglesia Orientales. Esta es la posición para regular la reforma con las Iglesias orientales. El Papa explica que envía separadamente la reforma en otra carta.
No es lo mismo nulidad que anulación del matrimonio
El cardenal Francesco Cocopalmerio, presidente del Pontificio Consejo de los Textos Legislativos, comenzó indicando que “no es lo mismo la nulidad que la anulación de un matrimonio”.
La Iglesia -como es sabido- no acepta el divorcio, en cambio sí estudia los casos en los cuales se realizó el matrimonio con motivos que lo vuelven inválido, como coerción. Para ello realiza un proceso que debe decidir si existe nulidad matrimonial o no. El problema más pastoral en cambio consiste en volver más rápidos los procesos.
Los tres puntos son:
- la composición de los tribunales, que puede incluso ser constituido por un solo obispo diocesano;
- no se necesita la doble sentencia; con la primera no es necesario que pase automáticamente a la segunda sentencia, por lo que ya es posible contraer nupcias. Puede haber sí una segunda apelación, pero si es por finalidades dilatorias es descartada.
- además los procesos serán más breves.
Por su parte el exarca apostólico de Atenas para los católicos griegos de rito bizantino, monseñor Dimitros Salachas, se pregunto por qué dos motu proprios.
Primero porque son los dos pulmones de la Iglesia, la oriental y occidental que el papa Francisco quiso respetar: una única fe y diversas perspectivas. Además porque es necesario saber qué se propone a los hermanos ortodoxos en caso de que se logre la unidad en materia de matrimonio. Porque la Iglesia católica está firme sobre la indisolubilidad, y no siguen esas interpretaciones de las iglesias ortodoxas.
En los países de Medio Oriente la mayoría de los matrimonios son mixtos y el exarca aseguró que “hemos perdido a muchos católicos por la lentitud de los procesos”