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Aprobada en Diputados la ley de fertilización asistida, se pretende ignorar la existencia de vida humana desde el primer instante de la concepción
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Viernes, 31/10/2014
Aprobada en Diputados la ley de fertilización asistida, se pretende ignorar la existencia de vida humana desde el primer instante de la concepción
Para Hacerse Oír-Hablemos Claro lamenta profundamente que, por 205 votos a favor y 11 en contra, la Cámara de Diputados haya aprobado el 11 de noviembre ppdo. la ley de fertilización asistida por 205 votos a favor y 11 en contra.

De este modo, tal como advirtiéramos desde Para Hacerse Oír-Hablemos Claro

… los embriones “no implantados” –pero seres humanos únicos e irrepetibles desde el primer instante de la concepción como está científicamente demostrado y reconocido hasta por un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- podrán ser:

- descartados (arts. 11, 12, 14),
- objeto de selección genética a través de diagnóstico preimplantatorio y
- utilizados en investigaciones e incluso destruidos. (arts. 12, 13 y 14)”.
Nos congratulamos desde Para Hacerse Oír-Hablemos Claro con el Consorcio de Médicos Católicos de Buenos Aires, el cual expresó su rechazo a este avance de la “cultura de la muerte” en virtud del cual los embriones son considerados cosas a las que se puede tratar de cualquier manera e incluso destruir, congelar y después de un tiempo, descongelar buscando su muerte”.

A continuación, la gacetilla de prensa difundida por Para Hacerse Oír-Hablemos Claro el 31 de octubre ppdo., antes de la aprobación de la ley de fertilización asistida:
El proyecto de fertilización asistida, el matrimonio
y la eliminación de embriones (¡Niños por nacer!)
Para Hacerse Oír-Hablemos Claro
alerta a sus adherentes y al público en general que, próximamente en la Argentina, de resultar aprobado en la Cámara de Diputados el proyecto de ley de fertilización asistida –con reciente dictamen positivo por parte de las comisiones de Salud, Familia, Legislación General y Presupuesto,…

… los embriones “no implantados” –pero seres humanos únicos e irrepetibles desde el primer instante de la concepción como está científicamente demostrado y reconocido hasta por un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- podrán ser:

- descartados (arts. 11, 12, 14),
- objeto de selección genética a través de diagnóstico preimplantatorio y
- utilizados en investigaciones e incluso destruidos. (arts. 12, 13 y 14)”.
Así, aunque parezca de ciencia ficción, si los legisladores dan su voto favorable a dicho proyecto, en la Argentina existirán, bajo el amparo de la ley, clínicas y laboratorios dedicados a la fertilización asistida que podrán disponer libremente de niños por nacer en estado embrionario –o sea de “material genético no utilizado”- durante el plazo de diez años…

¡para destinarlos a investigaciones científicas o simplemente “descartarlos”, es decir, dejarlos morir!
El proyecto de ley, que próximamente será puesto a votación en el plenario de la Cámara de Diputados, regula el acceso integral y gratuito a las técnicas de fertilización asistida, adecuándola a los lineamientos generales que fijó el nuevo Código Civil y Comercial.

Se trata de un proyecto que nació del oficialismo a partir de iniciativas de las diputadas M. del Carmen Bianchi y Mara Brawer y fuera apoyado por la mayoría de los bloques legislativos, sin que se diera lugar, como ya es habitual, a una activa participación de los ciudadanos en materia tan importante para la familia, la dignidad del matrimonio y el niño por nacer.

¡Qué contradicción!

Por una parte, los legisladores pretenden dar remedio al sufrimiento y al dolor de los matrimonios imposibilitados de procrear hijos en forma natural, pero, por otra, en el pre-dictamen de la ley, aunque declaren que la misma tiene como objeto la protección del embrión no implantado, está autorizado su descarte (artículos 12,19 y 20) y hasta su destrucción obligatoria y su uso en investigaciones (arts. 12 y 14) (Cfr. Comunicado de la Comisión Ejecutiva del Episcopado Argentino).

Si por lo tanto, de acuerdo a la ciencia médica, hay vida desde el primer instante de la concepción y esos niños en estado embrionario son sometidos a investigaciones y a la misma muerte, es inevitable que la lectura del proyecto en cuestión despierte en nuestra memoria el recuerdo los experimentos médicos realizados por los nazis en los prisioneros de guerra confinados en campos de concentración durante la Segunda Guerra Mundial, cuyo rechazo dio motivo al desarrollo del “Código de Nuremberg” sobre ética médica.
Claro está que no somos insensibles a la tristeza o hasta la angustia de los matrimonios que no pueden procrear hijos en forma natural, pero no por ello “podemos olvidar que la importancia moral de la unión existente entre los significados del acto conyugal y entre los bienes del matrimonio, la unidad del ser humano y la dignidad de su origen, exigen que la procreación de una persona humana haya de ser querida como el fruto del acto conyugal específico del amor entre los esposos” (Cfr. “Instrucción Donum Vitae, Sobre el Respeto de la Vida Humana naciente y la dignidad de la procreación”).

Además, la fecundación artificial heteróloga [con aporte de un donante] “lesiona los derechos del hijo, lo priva de la relación filial con sus orígenes paternos y puede dificultar la maduración de su identidad personal” y todo ello “tiene repercusiones en la sociedad civil: lo que amenace la unidad y la estabilidad de la familia, constituye una fuente de discordias, desórdenes e injusticias en toda la vida social”. (Cfr. Ib. id.)

Conviene insistir:
un niño –desde el primer momento de la concepción- es un sujeto de derecho, aún cuando en el proceso de “cosificación” en curso se pretenda negar su condición de persona humana. Es por lo demás, lo que sostiene la Corte Suprema de Justicia en el fallo S.1091.XLI del 22 de mayo de 2007 al afirmar que “El derecho a la vida es el primer derecho natural de la persona humana, pre-existente a toda legislación positiva, y que resulta garantizado por la Constitución Nacional (doctrina de fallos 323-1339, entre muchos), derecho presente reafirmado con la incorporación de tratados internacionales, con jerarquía constitucional”. (Cfr. Fallo S.1091.XLI. Sánchez Elvira Berta C/M j Y DD.HH. art. 6, Ley 24-411-Resol. 409/01- del 22 de mayo de 2007).
En conclusión, de resultar incorporado a la legislación de nuestro país este proyecto de ley a los niños por nacer se les negará su carácter y dignidad de personas humanas y se les podrá “descartar”, de forma arbitraria y selectiva, permitiendo a unos seguir viviendo y a otros no, con lo cual ¡en un estado de derecho se estaría legalizando “el acto de mayor discriminación y de violencia cual es el decidir quién nace y quién no!” (Cfr. Lic. Araceli Ramilo Alvarez, “Respuesta al aborto como un derecho”, in www.hacerseoir.org)

Por todas esas razones, Para Hacerse Oír-Hablemos Claro invita a sus adherentes, amigos y a los argentinos en general a escribir a los diputados un mensaje de rechazo a dicho proyecto de ley invitándolos a reflexionar objetivamente sobre la gran responsabilidad que les cabe y así rechazar el proyecto en cuestión y asumir con valentía y responsabilidad la decisión de legislar a favor de la vida y de la familia.

Orientador Familiar Martín J. Viano
Director
www.hacerseoir.org

Nota: la foto que ilustra este artículo es tomada de salta.gov.ar


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