FAMILIA: DECLARACIÓN DEL ARZOBISPADO DE BUENOS AIRES ANTE FALLO JUDICIAL SOBRE PRETENSO MATRIMONIO.

Por
bienaven
Jueves, 25/02/2010
“La legislación civil argentina que nos rige (cfr. también la Declaración Universal de los Derechos Humanos art. 16, el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos art. 23 inc. 2 y la Convención Americana de los Derechos humanos, art. 17 inc. 2 ss, los cuales tienen jerarquía constitucional desde 1994) regula el matrimonio como una entidad civil integrada por un hombre y una mujer. Por lo tanto, el fallo de una jueza en lo Contencioso Administrativo que permite un vínculo matrimonial entre personas del mismo sexo, es contrario a la citada legislación.
Atendiendo a que desde épocas ancestrales el matrimonio se entiende como la unión entre el varón y la mujer, su reafirmación no implica discriminación alguna.
Dado que el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el garante de la legalidad en la ciudad, el Sr. Jefe de Gobierno, a través del Ministerio Público, tiene la obligación de apelar el fallo.
Arzobispado de Buenos Aires
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Gacetilla 313/10

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bienaven