El Sr. Andres Elías, director del
Observatorio Católico de Ecuador escribió a Para Hacerse Oír-Hablemos Claro pidiéndonos divulgáramos entre nuestros adherentes el esfuerzo que están realizando en aquél país hermano en defensa de la vida del no nacido, gravemente amenazada a partir de que la Asamblea Nacional aprobó el Código Orgánico Integral Penal donde en su artículo 150 señala que:
- Se considerará no punible el aborto realizado cuando esté en riesgo la vida o la salud de la madre, si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
- Tampoco será punible aquel aborto realizado tras una violación de una mujer con “discapacidad mental”.
Un ¨coladero¨ del aborto...
Esta redacción, aclara el
Observatorio Católico de Ecuador, ofrece suficiente ambigüedad para convertirse en un ‘coladero’ del aborto ya que no aclara que nunca se trataré de riesgos para la salud psíquica.
En una interpretación extensiva del concepto salud como bienestar físico y psíquico (tal y como realiza la OMS) cabría interpretar como aborto legal el realizado sobre la embarazada que sufre un cuadro de ansiedad o depresión como consecuencia del embarazo. Bastaría con que un psiquiatra o psicólogo certificara que el aborto es la única manera de curar su cuadro psiquiátrico para que ese aborto fuera legal.
Por lo mismo, bastaría con que un psicólogo o psiquiatra certificara la “discapacidad mental” del art. 150.2 y que la mujer denunciara violación para que el aborto fuera legal.
Como conclusión este código abre la puerta trasera al aborto, tal y como ha ocurrido en otros países como España.
Petición al presidente Rafael Correa para que rechace el texto
El texto se encuentra actualmente en la mesa de despacho del presidente Rafael Correa. Tiene 30 días para sancionar o vetar el nuevo Código Penal, “pídele que rechace el texto” y que fuerce a clarificar que en ningún caso se aceptará el aborto por razones de salud psíquica.
Acabar con la vida en las entrañas nunca cura nada; al contrario, es la causa de un grave cuadro de estrés post-traumático llamado síndrome post-aborto.
Es la razón por la cual el Observatorio Católico del Ecuador se encuentra recogiendo firmas digitales en el siguiente enlace:
http://www.citizengo.org/es/1755-rafael-correa ¨Jamás aprobaré la despenalización del aborto¨...
“Que hagan lo que quieran. Yo jamás aprobaré la despenalización del aborto, más allá de lo que consta ya en el actual Código”, dijo Correa, quién luego amenazó con dimitir si los asambleístas de Alianza País, a los que acusó de traición, aprueban la despenalización del aborto para los casos en que la mujer haya sido violada. “Estoy harto de esto, de lidiar con gente que dice una cosa y hace otra” recalcó Correa.
Las modificaciones que introduce el Código Orgánico Integral Penal
Sin embargo, después de leer estas declaraciones, me quedan dudas con respecto al COIP actual en relación al anterior que espero el presidente o sus asesores puedan aclarármelas. Veamos las diferencias entre el proyecto recién aprobado con el vigente:
El art. 447 del actual código vigente dice:
Art. 447.- El aborto practicado por un médico, con el consentimiento de la mujer o de su marido o familiares íntimos, cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible:
1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la madre, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y,
2. Si el embarazo proviene de una violación o estupro cometido en una mujer idiota o demente. En este caso, para el aborto se requerirá el consentimiento del representante legal de la mujer.
Subrayo en rojo las diferencias
El art. 150 del Código Orgánico Integral Penal, actualmente aprobado por la Asamblea, por su parte, dice:
Art. 150.- El aborto practicado por un médico u otro profesional de la salud capacitado, que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, familiares íntimos o representante legal, cuando ella no estuviere en posibilidad de prestarlo, no será punible en los siguientes casos:
1. Si se ha hecho para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada, y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y, 2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer con discapacidad mental.
Algunas dudas al respecto
150.1 Aborto Terapéutico
El 150.1 no aclara que nunca se tratará de riesgos para la salud psíquica. En una interpretación extensiva del concepto salud como bienestar físico y psíquico tal y como realiza la OMS, cabría interpretar como aborto legal el realizado sobre mujer embarazada que sufre un cuadro de ansiedad o depresión como consecuencia del embarazo. Bastaría con que un psiquiatra o psicólogo certificara que el aborto es la única manera de curar su cuadro psiquiátrico para que ese aborto fuera legal.
150.2 Aborto Eugenésico
El término ¨discapacidad mental¨ a secas, es un término genérico que abarca todas las dolencias mentales posibles, incluso las de carácter transitorio o que se pueden curar total o parcialmente. En pocas palabras, la ambigüedad y extensión casi total de la expresión ¨discapacidad mental¨, permitiría la legalización de hecho del aborto a petición de la mujer, con un simple certificado firmado por cualquier psicólogo o psiquiatra en complicidad con el cirujano abortero.
En el caso en cuestión, “la violencia un método para resolver problemas”
La legalización del aborto, por cualquier causal, introduce en nuestro ordenamiento jurídico la violencia como forma legítima de resolver problemas, y esto afecta a toda la sociedad por el efecto pedagógico de las leyes.
Por ej. Con respecto al aborto eugenésico, si fuera verdad que todas las mujeres deficientes mentales conciben hijos con su misma dolencia, no parece que eliminar vidas humanas sea la forma más digna de resolver este problema. El fin no justifica los medios, peor aún, si los medios son homicidas.
Nuestro código penal se ha quedado anclado en teorías anacrónicas y siguen difundiendo una visión trasnochada de la dignidad humana.
El pedido del Observatorio Católico del Ecuador
Nuestra izquierda es atípica, comenta el
Observatorio Católico del Ecuador, mientras en otros países sienten una extraña fijación por la muerte, ya sea esta física -aborto y eutanasia- o familiar (ideología de género) en el Ecuador contamos con un presidente que se declara católico, que tiene posturas Provida, que no cree en la ideología de género y además no es anticlerical.
Pero, por si acaso nos falla el derrotero, una vez más nos toca volver a levantar la voz y pedir que se aclaren las dudas con respecto a este tema.
Ya que su fama de católico y provida lo precede
¿por qué el Señor presidente contando con una contundente mayoría legislativa no se ubica en la historia y plantea el #abortocero en nuestra legislación?
#AbortoCero
Lamentablemente el art 150 inciso 1 y 2, aceptan, avalan y permiten que en determinadas circunstancias se le pueda quitar la vida al concebido, por lo que si el art 449 del anterior código era abortista, el 150 del actual, lo es exactamente igual con independencia del juego de palabras que tengan.
Pretenden hacernos creer que han mejorado sustancialmente la ley al suprimir el supuesto de la mujer idiota o demente por el de discapacidad mental,
pero la realidad es que el « coladero que está por abrirse» del aborto legal en base al riesgo para la salud de la mujer embarazada permanece y si este se lo interpreta a la luz de la OMS, tendremos como en España cifras donde el 98% de los abortos practicados se hacen al amparo de las “graves lesiones psíquicas en la madre.”
Pero incluso cuando se publique la nueva ley en el Registro Oficial, dentro de 180 días aproximadamente, el aborto seguirá siendo legal y segando vidas humanas inocentes e indefensas... los ciudadanos podemos conseguir #abortocero y no hay mejor tiempo que el actual, donde contamos con un presidente que necesita un empujoncito para hacerlo.
“Yo jamás aprobaré la despenalización del aborto, más allá de lo que consta ya en el actual Código”
El Presidente nos ha prometido que no permitirá el Aborto más allá de lo que está en el actual código. El Presidente, ahora que tiene el COIP en su despacho puede elegir entre el bien y el mal, no entre el mal y el mal menor, sino entre bien y el mal. Porque permitir, que bajo cualquier causal se mate al concebido, es el mal y además contrario a la Constitución art. 45.
No es justificación moralmente aceptable el promover una ley para reducir abortos cuando se dispone de las mayorías suficientes para borrarlo de nuestras leyes, no vale el viejo y gastado argumento ¨de que el aborto es una realidad social que siempre se hará y se hará en condiciones mucho peores si se mantiene ilegal¨, ya que esto equivale a decir que siempre el ser humano tenderá al mal y por ello es mejor despenalizar el robo, el asesinato o la corrupción.
En materia de vida no caben ambigüedades, tibiezas, ni juego de palabras. La vida no admite gradaciones o se da la vida o se quita, no se puede matar un poquito. El aborto es una cruel matanza de vidas humanas y por más que le quieran dar términos orwellianos como ¨interrupción del embarazo¨ no deja ser una CRUEL y SANGRIENTA interrupción.
Para Hacerse Oír-Hablemos Claro se suma al pedido del Observatorio Católico del Ecuador
Desde la Argentina, Para Hacerse Oír-Hablemos Claro se suma al pedido del Observatorio Católico del Ecuador y recuerda que
¨no hay acto de mayor discriminación ni de violencia que decidir quién nace y quién no¨.(Lic. Araceli Ramilo Alvarez, ¨Respuesta al aborto como un derecho-El duelo obturado¨ in www.hacerseoir.org.
El Derecho a la vida es el Primer Derecho Humano Universal, insistimos, a partir del cual tienen sentido los demás derechos y nada puede justificar la práctica del aborto, ni siquiera, como podría ocurrir en el Ecuador, en el caso de riesgo para la salud psíquica de la madre
En efecto, como afirma la Lic. Araceli Ramilo Alvarez el caso del aborto,
el trauma que ocasiona cuando es provocado, consciente o inconscientemente, hace que ese duelo no pueda ser procesado. ¿Por qué? Porque se ha tenido participación directa en la muerte de ese ser inocente. De allí que vuelva una y otra vez como un proceso sin que se pueda dar un cierre al mismo. De allí las manifestaciones psíquicas y físicas como consecuencia de la culpa que no pudo ser elaborada.
He visto y tratado ese dolor sufrido por las mujeres que han abortado. Es un sufrimiento que perdura muchos años y lleva a expresar el dolor con frases como “me he quedado huérfana de hijo”. O bajo el peso de un inmenso dolor una madre comenta, por ejemplo, “pienso que tendría tal edad, lo que le hubiera gustado estudiar, como sería.” (Lic. Araceli Ramilo Alvarez, op.cit).
Ahora, más que nunca, convocamos a la ciudadanía a seguir peleando para conseguir que el presidente vete el actual artículo y se acerque a una verdadera ley de aborto cero.
Envíe un mensaje al Presidente Rafael Correa a favor del aborto cero:
http://www.citizengo.org/es/1755-rafael-correa
Muchas gracias
Andrés Elías
Observatorio Católico del Ecuador
PS: Al presidente Rafael Correa le recordamos desde la Argentina que
“Consentir una falsedad no solo implica en ella la conciencia sino que afecta la dignidad intelectual bajo el concepto de un verdadero atentado. Quién se deja engañar a sabiendas, miente con mayor cobardía aún, porque ni siquiera se compromete” (Leopoldo Lugones)