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¡¿Inconstitucional la celebración del día de la Virgen del Carmen de Cuyo?!
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Lunes, 23/09/2013
¡¿Inconstitucional la celebración del día de la Virgen del Carmen de Cuyo?!
Como una «medida sorpresiva y contraria a los valores más trascendentes del hombre, de la cultura y de la historia»
calificó la Iglesia en San Rafael la medida de la jueza María Eugenia Ibaceta, titular del Juzgado Civil 24 de Mendoza, el fallo que resuelve como inconstitucional la celebración del día de la Virgen del Carmen de Cuyo, que se conmemora en el mes de septiembre.

La magistrada mendocina resolvió, frente al recurso interpuesto por la Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) que la resolución 2616 de la Dirección General de Escuelas, con la que se había fijado en el cronograma de actividades lectivas la fiesta de Santiago, patrón provincial, y la Virgen del Carmen, el 8 de septiembre,
exige que «de manera inmediata» se tomen «todas las medidas necesarias» para que en las escuelas de gestión pública bajo «no se conmemore este año el Día de la Virgen del Carmen de Cuyo».
El hermano marista Eugenio Magdaleno, recientemente designado Delegado Episcopal de Educación Católica de la diócesis de San Rafael, fue el portavoz que eligió Mons. Eduardo María Taussig, obispo de San Rafael, para fijar la posición de la Iglesia local en relación con la medida judicial.

No se puede negar la historia
«Esta medida nos sorprendió, porque se anunció de un día para otro. Es un tema que no puede resolverse entre gallos y medianoche; merece, realmente, un estudio de nivel y jerarquía. En los actos religiosos, quienes no comparten la religión, en este caso católica, no están obligados a asistir o participar» indicó el religioso.
Magdaleno puntualizó que
«no se puede negar la historia. La Virgen del Carmen de Cuyo está ligada a San Martín y la formación de su ejército en Mendoza para traspasar Los Andes», insistió. El portavoz del obispado instó a respetar el sentimiento religioso del pueblo mendocino, y en base a recientes encuestas de público conocimiento sobre el sentimiento religioso, sostuvo que la resolución judicial «va contracorriente de la opinión de la mayoría».
Posible apelación
Consultado respecto de la posibilidad de que el obispado sanrafaelino apele la orden de la jueza, Magdaleno respondió: «Esa es una instancia superior que debe resolver Mons.Taussig con el arzobispo de Mendoza (Mons. Carlos María Franzini) y otras organizaciones que se hayan sentido afectadas. Esto debe resolverse tras un análisis y un diálogo profundo en el que se discuta qué modelo de país queremos, sin sorprender a nadie» (InfoCatólica-AICA, 23.9)

Diputados repudian el fallo de la jueza
Los diputados del Partido Demócrata y del Partido Justicialista se unirán en la Cámara de Diputados de Mendoza (Argentina) para repudiar el fallo de la jueza María Eugenia Ibaceta, que declaró inconstitucional la Resolución 2616 de la Dirección General de Escuelas que estableció en el cronograma de actividades escolares de 2013 la fiesta de la Virgen del Carmen de Cuyo, patrona de la educación en la provincia.

En su fallo, Ibaceta dijo que reviste gravedad que “personas bajo la potestad de la DGE deban participar de festejos que no corresponden a su formación religiosa, vulnerándose concretamente y no en forma retórica la libertad de culto que es el principio rector de toda la currícula y actividades planeadas por las autoridades de la demandada”. “Si se proyecta un video sobre la Virgen del Carmen de Cuyo, se está violentando en concreto el fuero íntimo de las personas que por sus creencias religiosas no la veneran”, expresó.

El justicialista Jorge Tanús sostuvo que
“el hecho religioso es una realidad propia de lo humano, ya que le es constitutivo a su propia naturaleza humana su dimensión”. Recordó que el general José de San Martín declaró a la Virgen del Carmen de Cuyo protectora del Ejército de Los Andes.
“Desconocer la legitimidad y libertad de esa adhesión multisecular implicaría una injusta discriminación de quienes rinden culto a la Virgen María como Madre de Dios y la tienen a su vez como protectora y madre suya”
, afirmó en su proyecto. El otro legislador que presentó un proyecto es Aldo Vinci, del Partido Demócrata (ACI/EWTN Noticias, 12-09-2013)

Alerta de Para Hacerse Oír-Hablemos Claro en el año 2012
A comienzos del año 2012, Para Hacerse Oír-Hablemos Claro alertó respecto a una disposición del nuevo Reglamento General de Instituciones Educativas de la Provincia de Buenos Aires, aprobado por el gobernador Daniel Scioli el 22 de noviembre del 2011 y publicado en el Boletín Oficial correspondiente del 26 de diciembre del mismo año. (Boletín Oficial de la provincia el 26/12/2011.)

Se trataba nada menos que de la prohibición de colocar símbolos religiosos en el ámbito de los edificios escolares –el tradicional crucifijo en las aulas incluido- con excepción de las escuelas de gestión privada confesionales. (Artículo 193 de la referida reforma).

¿Qué no habremos de temer por el futuro de nuestra querida Patria?
En esa ocasión, Para Hacerse Oír-Hablemos Claro alertaba:

¨De continuar aprobándose en distintos ámbitos –nacional y provincial- disposiciones como la que comentamos referida a la Provincia de Buenos Aires,
¿asistiremos al sistemático retiro o supresión de crucifijos, imágenes de la Virgen María y de todo símbolo religioso de nuestros despachos oficiales, juzgados, escuelas y hospitales públicos, estaciones y terminales de trenes y de ómnibus, que generaciones y generaciones de argentinos han venerado con confianza y ternura?
¿Se destronará a la Virgen de Luján, que en 1630 “ancló” en nuestro suelo y cuyo culto ha impuesto silenciosamente nuestro mismo pueblo, cuyo estandarte acompañó a los héroes de la Reconquista, a quien Belgrano ofrendó las banderas ganadas en el Norte y a cuyos pies el General San Martín dejó su espada al volver de las campañas en el Perú?

Está claro, pues que, además de inconstitucional, la disposición en cuestión agravia a la inmensa mayoría de la población y a la memoria de cuántos, a lo largo de nuestra historia, hicieron posible que en estas tierras naciera nuestra querida y gloriosa Argentina.

Como también está claro que,
de avanzar en este camino, supuestamente con el objeto de no ofender a los no católicos, se favorecerá una radical discriminación contra la inmensa mayoría del pueblo argentino hermanado en la misma Fe, sí, pero en un marco de respeto por los derechos que la misma Constitución Nacional garantiza a todos los habitantes de nuestro país. (arts. 14 y 20).


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