Profesor de música será indemnizadocon 260 mil pesos por daños auditivos
La Cámara Laboral condenó a un colegio privado a indemnizar con 260 mil pesos a un director de orquesta que daba clases de música a raíz de las afecciones auditivas que sufrió por trabajar en un ámbito con escasa aislación acústica.
Fuentes judiciales informaron que la Sala VI del Tribunal consideró que el músico ¨
efectuó de manera habitual, durante largas jornadas y por un considerable lapso, la dirección de las bandas de orquestas en el colegio (la Asociación de Escuelas Lincoln), en condiciones desfavorables para su labor¨.
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Se encontraba expuesto a variaciones sonoras que excedían altamente el nivel de conversación normal -74/75 db (A)- llegando a valores equivalentes a 102.7 db (A), lo que se agrava por el tiempo de duración expositivo, que alcanzaba las 21 horas cátedra semanales, representada en 7 horas diarias por día de semana que trabajaba¨, recordó la Cámara, con la firma de los jueces Juan Carlos Fernández Madrid y Graciela Craig.
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A ello se suma el hecho de que el recinto donde se efectuaban las clases no demuestra medidas para disminuir los ruidos y los materiales que la componen absorben mínimamente las ondas sonoras¨, indicaron en el fallo.
Es por ello que ambos camaristas concluyeron que ¨
no se trata de un accidente sino de una afección agravada por el trabajo¨ lo que padeció el director de orquesta quien ahora deberá ser indemnizado.
Además, detallaron que ¨
el aula de música, el volumen de sonido que emiten los instrumentos y la voz de los integrantes de la orquesta no pueden ser consideradas en forma genérica como riesgosas¨, aunque ¨el modo en que se cumplió con el trabajo en un recinto no adecuado para soportar tal nivel exponencial sonoro, creaba una situación de peligro inminente¨.
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Las lesiones del actor constituyeron la actualización de esta situación de peligro derivada del riesgo de la cosa¨, consideraron.
Según describieron, el músico sufrió una disminución física del 4,07 por ciento, y psicológica del 25.
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Padece una disminución auditiva de tipo Perceptiva Parcial Bilateral, clasificada como Trauma Acústico de Grado II, atribuible a trauma acústico crónico, como secuela-lesión de trabajo en ambiente con ruido o intensidad de ruido menor de noventa decibeles y expuesto a vibraciones en el ambiente de trabajo¨, según se desprende del fallo.