La justicia frenó la autopista de Macri

Por
eduardoepszteyn
Lunes, 17/12/2012
Tiempo Argentino - 10/09/2010
Argentina
LA AUTOVÍA SUBTERRÁNEA ESTÁ PROYECTADA PARA CORRER DEBAJO DE LA AVENIDA 9 DE JULIO
El juez Scheibler hizo lugar a los amparos presentados por los legisladores María José Lubertino y Eduardo Epzsteyn.
La obra fue objetada porque no contempla el nivel de endeudamiento público implicado y el impacto ambiental.
Néstor Espósito politica@tiempoargentino.net
Un fallo judicial anulo el llamado a licitación del gobierno porteño para la construcción de una autopista subterránea con el mismo trayecto que la Avenida 9 de Julio. La obra, que fue en realidad proyectada hace más de 30 anos y que la administración de Mauricio Macri intento reflotar, fue bochada por el juez contencioso administrativo y tributario Guillermo Scheibler, básicamente porque no contemplo dos aspectos fundamentales en un emprendimiento de semejante envergadura: el nivel de endeudamiento y el impacto ambiental.
El juez Scheibler hizo lugar a sendos amparos presentados por un grupo de legisladores encabezados por María José Lubertino y Eduardo Epzsteyn y por la organización no gubernamental Asociación Ciudadana por los Derechos Humanos (ACDH). La primera etapa de la obra comprometía a Autopistas Urbanas (AUSA) a tomar fondos por un total de 830 millones de pesos –a valores de 2009– para la construcción de los primeros dos túneles bajo la Avenida 9 de Julio. Para el juez, “no están satisfechos los requisitos formales necesarios para que AUSA contraiga una deuda como la que importa la contratación prevista en la Licitación Publica 08/2009”. Pero además, una operación de esa magnitud, que comprometerá ingresos de futuros gobiernos de la ciudad, debe pasar por la Legislatura y ser sometida a una audiencia publica. Nada de ello ocurrió: “La justicia le esta diciendo a Macri que no puede hacer las cosas como quiere, sino como lo establecen las leyes”, dijo Epzsteyn, en declaraciones a Radio America. El fallo refrendo que “el sistema constitucional porteño, que profundiza el tradicional mecanismo de frenos y contrapesos con múltiples institutos de participación multisectorial y ciudadana, sencillamente ya no tolera que una obra de la envergadura económica y ambiental de la presente pueda ser decidida e impuesta por la sola voluntad de un funcionario, sin la realización de un complejo proceso de consultas y deliberación previos, a la vez que un adecuado control de legalidad de los diversos aspectos jurídicos y financieros involucrados.” A lo largo de 23 paginas, el magistrado concluyo que “tras la sustanciación de estos actuados ha quedado acreditado el incumplimiento flagrante de relevantes procedimientos esenciales previos y obligatorios, ya sea en materia de protección ambiental y de participación ciudadana; de control de legalidad y de control de los aspectos financieros y económicos de la obra”.
La anulación del llamado a licitación no significa que la obra no se hará, sino que debe adecuarse a la normativa vigente. El juez corrigió al gobierno porteño: “los proyectos aprobados, por su relevante impacto ambiental, debieron debatirse en una audiencia publica previa y ?...) también de modo previo debió realizarse la evaluación de impacto ambiental, tramite que no debe quedar en manos del ‘encargado del proyecto’ como se prevé en el marco licitatorio”.
El fallo representa una sentencia definitiva. Es decir: no se trata de una medida provisoria sino de una decisión de fondo, que ahora deberá ser revisada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo porteño y, luego, por el Tribunal Superior de Justicia. El gobierno porteño podría ahorrarse toda esa demora corrigiendo los errores y omisiones de procedimiento y volviendo a formular, ahora adecuado al marco legal, el llamado a licitación.

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eduardoepszteyn